Actualizaciones retroactivas de las categorias
La semana pasada se publicó la Resolución General 5003 de la AFIP que actualizó los parámetros y valores de las categorías para los monotributistas. Como la actualización llegó con seis meses de demora —en los años anteriores se aplicaba a partir de enero—, el organismo determinó que estos nuevos valores tendrán efectos retroactivos a partir de enero de 2021.
La RG 5003/21 la cual establece las fechas a partir de las cuales los monotributistas deberán aceptar o solicitar la modificación de la categoría establecida por AFIP.
También se establece el plazo (hasta el 20/7) y la forma para realizar el pago de las diferencias que surgen por la actualización de los valores de las distintas categorías de Monotributo desde enero a mayo 2021.
Si los contribuyentes monotributistas quedan encuadrados en una categoría inferior, el saldo a favor por lo abonado de más podrá reimputarse mediante la cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”, accediendo con Clave Fiscal,
Pequeños contribuyentes podrán solicitar la modificación de la nueva categoría hasta el día 25-6-2021, inclusive, seleccionando la opción “Categorización Retroactiva 2021”, en el portal de AFIP